La Norma de Información Financiera B-17 (NIF B-17), titulada “Determinación del Valor Razonable”, establece las directrices para la medición y revelación del valor razonable en los estados financieros. Esta norma es aplicable cuando otras NIF requieren o permiten la valuación a valor razonable de activos y pasivos, incluyendo los activos intangibles. 
La NIF B-17 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de medición. Este enfoque de “precio de salida” es fundamental para asegurar que las valuaciones reflejen condiciones de mercado actuales y objetivas. 
En el contexto de la Norma de Información Financiera C-8 (NIF C-8), que se enfoca en los activos intangibles, la NIF B-17 proporciona el marco para determinar el valor razonable de estos activos cuando es requerido o permitido. Por ejemplo, en una adquisición de negocios, según la Norma de Información Financiera B-7 (NIF B-7), la entidad adquirente debe reconocer y valuar los activos intangibles identificables del negocio adquirido a su valor razonable en la fecha de adquisición. La NIF B-17 guía este proceso de valuación, asegurando que se utilicen técnicas y supuestos de mercado apropiados.
En resumen, la NIF B-17 complementa a la NIF C-8 y a la NIF B-7 al proporcionar un marco estandarizado para la determinación y revelación del valor razonable de los activos intangibles, garantizando una presentación financiera coherente y transparente.
Deja un comentario